Entran en vigor las nuevas excepciones al uso del tacógrafo
Tras su publicación este martes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), la nueva normativa contempla que no será obligatorio, desde este miércoles, el cumplimiento de la obligación del uso del tacógrafo y los tiempo de conducción y descanso para una serie especialidades de transporte, entre las que se encuentran:
- Transporte de hormigón pre amasado en vehículos especializados, así como el transporte privado complementario de maquinaria de construcción, siempre que en ambos casos el recorrido a realizar se encuentre íntegramente comprendido en un radio de cien kilómetros alrededor del centro de explotación de la empresa o autónomo titular del vehículo
- Transportes de mercancías realizados con vehículos propulsados por electricidad o gas natural o licuado cuya masa máxima autorizada no sea superior a 7,5 toneladas, siempre que se desarrollen íntegramente en un radio de 50 kilómetros alrededor del centro de explotación de la empresa titular o arrendataria del vehículo
- Transportes íntegramente desarrollados en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla o en islas cuya superficie no supere los 250 kilómetros cuadrados, siempre que estas no se encuentren unidas al territorio peninsular por ningún puente, vado o túnel cuyo uso esté abierto a los vehículos de motor.