Instalaciones autoconsumo gasóleo profesional

Aclaramos que la Agencia Tributaria ya ha habilitado en su página web el procedimiento para declarar las relaciones de suministros de manera mensual para la devolución del gasóleo profesional de aquellos transportistas que cuenten con un depósito propio de autoconsumo.

Para solicitar y obtener la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos por el gasóleo de uso profesional suministrado a los vehículos a través de instalaciones de consumo propio:

  • Inscripción en el Registro Territorial de Impuestos Especiales en cuya demarcación se encuentre la instalación de consumo propio, a efecto de obtener el Código de Actividad y Establecimiento (CAE). Para ello es necesario presentar la correspondiente solicitud de inscripción ante la Oficina Gestora de Impuestos Especiales correspondiente al establecimiento.
  • Contar con un sistema informático contable integrado con los aparatos expendedores, aprobado por el órgano competente.
  • Presentar a la Agencia Tributaria la relación de suministros efectuados desde las instalaciones de consumo propio a los vehículos autorizados del titular de la instalación. Esta relación debe ser presentada a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

Pese a que la Agencia Tributaria está tramitando la Orden para desarrollar la previsión de la devolución mensual que se recogió en el Real Decreto-Ley 6/2022, los titulares de estas instalaciones de consumo deben hacer este mes de mayo su declaración correspondiente al mes anterior como se regulaba en la normativa anterior, esto es, antes del 20 de este de mes de mayo. Una vez que se apruebe la nueva Orden, deberá hacerse mensualmente y dentro de la primera semana siguiente al mes natural anterior.